PREGUNTAS DERECHO CIVIL I
Acto
jurídico
Manifestación de la voluntad hecha con el propósito
de crear, modificar o extinguir derechos y que produce efectos queridos por su
autor o aun distintos del perseguido, esto porque el derecho sanciona dicha
manifestación de voluntad.
Convención
Acto jurídico destinado a crear, modificar o
extinguir derechos y obligaciones
Contrato.
Artículo
1438. Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga con otra
a dar, hacer, o no hacer una cosa.
Error
Falso concepto de la realidad ya sea por ignorancia
o equivocación.
Error
esencial
Articulo
1453 El error de hecho vicia el consentimiento cuando recae sobre la especie
del acto o contrato que ejecuta o celebra, como si una de las partes entendiese
empréstito y la otra donación; o sobre la identidad especifica de la cosa de
que se trata, como si en el contrato de venta el vendedor entendiese vender
cierta cosa determinada y el comprador entendiese comprar otra.
Error
sustancial
Articulo
1454. El error de hecho vicia asimismo el consentimiento cuando la sustancia o
calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato, es diversa de
lo que se cree.
Error en
las calidades accidentales
Articulo
1454 inciso 2º. El error acerca de otra cualquiera calidad de la cosa no vicia
el consentimiento de los que contratan, sino cuando esa calidad es el principal
motivo de una de ellas para contratar y este motivo a sido conocido de la otra
parte.
Error en
la persona
Articulo
1455. El error acerca de la persona con quien se tiene intención de contratar
no vicia el consentimiento, salvo que la consideración de esta persona sea la
causa principal del contrato. Hechos jurídicos Acontecimientos que conforme al
derecho objetivo produce la adquisición, perdida o modificación de un derecho
subjetivo.
Fuerza
Presión física o moral ejercida sobre una persona
con el fin de inducirla a la celebración del acto o contrato.
Dolo
Artículo
44. Es la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de
otro.
Inoponibilidad
Sanción de ineficacia aplicada a las partes de un
contrato que no han cumplido con las solemnidades requeridas para la protección
de terceros
Objeto de
un acto jurídico
Requisito de existencia prestación de lo que se
debe
Nulidad
Artículo
1681. Es nulo todo acto o contrato a que falta uno de los requisitos que la ley
prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su especie y la
calidad o estado de las partes.
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