05 agosto, 2010


PREGUNTAS DERECHO CONSTITUCIONAL 2

Cual ha sido la definición histórica del Estado Chileno desde el punto de organización territorial
La constitución de 1980 en su artículo 3º establece “El Estado de Chile es unitario”. Así ha sido históricamente desde la Constitución de 1833.

Cuales son las formas de organización política territorial alternativas a la presente en Chile, puede dar ejemplos
Formas de Estado encontramos el Estado unitario como Chile y el estado federal como el caso de EEUU.
Entre ambas formas de organización existe el Estado regional en el cual las regiones tienen un alto nivel de automía.

Que es lo que diferencia un estado unitario de uno federal
Respecto al ordenamiento jurídico. En el caso del estado unitario, existe una constitución y leyes comunes para todos los habitantes de la republica
Autoridades políticas con poder sobre todo el territorio nacional
Gobernados
Unidad del territorio

Porque se puede señalar que Chile, más allá de lo que expresamente señale el Art. 3º, es un estado unitario
Según el Prof. Silva B. porque hay un solo ordenamiento jurídico positivo, generado en sus órganos centrales, aplicable a todas las personas, en la extensión de su territorio, sobre la universalidad de las materias o aspectos que puede  comprender la competencia estatal.

A quien se impone el deber de ser desconcentrado o descentralizado
Art 3º CPR El Estado de Chile es unitario.
La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, en conformidad a la ley.
Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones y comunas del territorio nacional.

Es deber de los órganos del Estado, es decir, sólo la función administrativa que depende del presidente de la republica es la que debe estar o desconcentrada o descentralizada.

Que es la región
Según el Prof. Cea la región es un área o extensión geográfica, pero en la cual la población está dotada de un grado de conciencia de su cultura e historia, con ciertos recursos e identidades geográficas, económicas y sociales, que le permiten una cierta autonomía en su desarrollo.

Cuando habría una efectiva descentralización
Desde un punto de vista político, un órgano descentralizado es uno que posee un grado de independencia respecto a sus decisiones en relación al gobierno central.
Deben cumplirse ciertos requisitos según el profesor Cea.
-         Debe contar con personalidad jurídica de derecho publico
-         Autoridades elegidas por voto directo y sufragio universal
-         Deben contar con régimen estatutario propio
-         Sistema de control propio.

Existe hoy en Chile una efectiva descentralización
No, pues el gobierno regional está presidido por el intendente, que es una autoridad directamente dependiente del presidente de la republica y no electa por los habitantes de la región.

Que es la desconcentración
Es un término administrativo, en la que la ley radica en una entidad de la administración una determinada competencia, dentro del orden jerárquico.
Según el Tribunal Constitucional es la radicación de una o más potestades administrativas que hace la ley en un órgano inferior de la misma jerarquía del órgano central.
Desde el punto de vista político, un órgano desconcentrado está bajo la dependencia jerárquica del órgano central.

A que órganos se les impone el deber de promover la regionalización
A todos los órganos del Estado, no sólo a la administración.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario